jueves, 29 de mayo de 2008

Cavallo: represor, extorsionador, ladrón...



Otro procesamiento más (y los que quedan)

Lo sumó el juez federal Sergio Torres al represor Ricardo Miguel Cavallo y con prisión preventiva, por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionaba en la ESMA durante la última dictadura militar.

El juez federal dictó un nuevo procesamiento contra Cavallo alias "Sérpico" por apropiación de bienes de familiares de un detenido en la ESMA.

La medida es por el desapoderamiento de un automóvil y una propiedad en la localidad Bonaerense de Florencio Varela, que pertenecían a los familiares de Néstor Ardetti quien estuvo ilegalmente detenido en la ESMA.

Hace unos días, se había procesado al ex capitán de la Armada por su participación en el secuestro y desaparición de las monjas francesas
Alice Domon y René Leonie Duquet, y de la Madre de Plaza de Mayo Azucena Villaflor, entre otra decena de víctimas.

En su resolución, se señala que "durante el período en el que el último gobierno de facto se hizo cargo de todos los poderes públicos, se instaló en el país un sistema de represión clandestino en el que se produje ron enorme cantidad de delitos que deben ser considerados crímenes contra la humanidad".

En la medida dada a conocer Cavallo ha sido procesado por los delitos de asociación ilícita, robo y extorsión, raíz de los hechos que comenzaron el 6 de agosto de 1979 cuando Ardetti fue secuestrado, en Florencio Varela, por un grupo de tareas de la ESMA y conducido a ese centro clandestino de detención.

En la misma resolución, se trabó un embargo de 300.000 pesos sobre los bienes del ex represor.

Según dio por acreditado, en abril de 1980 la víctima se comunicó con sus familiares diciéndole que debían otorgar un poder para la venta de sus bienes, quienes así lo hicieron temiendo por la vida de Ardetti.

Con esta nueva medida, Cavallo ya suma su tercer procesamiento luego de ser extraditado desde España este año.

El represor ya está vinculado al secuestro y aplicación de tormentos a las religiosas, a Villaflor y a María Ballestrino de Careaga, Remo Berardo, Raquel Bullit, Eduardo Gabriel Horane, José Fondevilla, Patricia Oviedo, María Ponce de Bianco y Horacio Elbert.

Todos ellos fueron privados ilegítimamente de su libertad en los primeros días del mes de diciembre de 1977 y llevados al centro clandestino de la ESMA donde fueron sometidos a diferentes tormentos para luego ser alojados bajo condiciones inhumanas y finalmente trasladados por personal de la marina.

jueves, 22 de mayo de 2008

Mas cargos contra Cavallo.


El juez federal Sergio Torres amplió ayer el procesamiento, con prisión preventiva, del ex capitán de la Armada Ricardo Miguel Cavallo en la causa que se investigan las muertes de las monjas francesas Alice Domon y Leonnie Duquet y de la madre de Plaza de Mayo Azucena Villaflor, entre otra decena de víctimas.

En una resolución de más de un centenar de carillas, el magistrado también embargó los bienes del represor, recientemente extraditado desde España y a quien apodaban "Sérpico", en 12 millones de pesos. Torres responsabilizó a Cavallo por el secuestro y aplicación de tormentos a las religiosas, a Villaflor de De Vicente y a María Ballestrino de Careaga, Remo Berardo, Raquel Bullit, Eduardo Gabriel Horane, José Fondevilla, Patricia Oviedo, María Ponce de Bianco y Horacio Elbert.

Todos ellos fueron privados ilegítimamente de su libertad en diciembre de 1977 y llevados al centro clandestino de detención que funcionaba en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada. Allí se los sometió, según se lee en la resolución de Torres, a "diferentes tormentos para luego ser alojados bajo condiciones inhumanas en los sectores denominados ’Capucha’ y ’Capuchita’", entre una semana y diez días y luego "fueron trasladados por personal de la marina".

El secuestro de la mayoría de las víctimas se realizó el 8 de diciembre de 1977 en la Iglesia Santa Cruz donde el represor Alfredo Astiz se había infiltrado con el nombre de Gustavo Niño en reuniones de familiares de desaparecidos. "Se desprende de los distintos testimonios puestos de relevancia que hubo un amplio acuerdo de voluntades que permitió lograr la detención de las doce personas que resultan víctimas conforme un plan de ejecución precisamente ideado y desarrollado", afirmó el magistrado en uno de los párrafos de su resolución.

De esta manera Cavallo -quien cumple prisión preventiva en el penal de Marcos Paz- sumó un nuevo procesamiento desde que fue extraditado desde España, el 31 de marzo último. A partir de ese mismo día el juez Torres, intentó indagarlo en varias ocasiones y por diversos hechos (desapoderamiento de bienes de desaparecidos, el secuestro de las monjas francesas y el de Rodolfo Walsh) pero el represor siempre se negó a contestar preguntas.

martes, 15 de abril de 2008

Cavallo sigue dentro, con otros imputados, en Marcos Paz.


Entre la lista de crímenes por los que Ricardo Cavallo será indagado mañana figuran el asesinato de Rodolfo Walsh y la desaparición de las monjas francesas. Es de suponer que podrá fijar sin sobresaltos su domicilio en el penal de Marcos Paz.

Apenas llegó extraditado desde España el 31 de marzo, Cavallo fue interrogado sólo por la apropiación de bienes de desaparecidos. Eso se debió a que el juez estaba esperando una definición sobre el rumbo del proceso contra el represor en Madrid, para evitar superposiciones. Finalmente, la Audiencia Nacional de España ratificó su decisión de sobreseer al marino con el argumento de que no existen impedimentos (como las leyes de impunidad) para juzgarlo en Argentina, donde cometió los crímenes. Lo hizo en una resolución del 4 de abril en la que rechazaba las apelaciones (llamadas súplicas) de los fiscales y la querella, que planteaban que la investigación española estaba avanzada, mientras que en la Justicia porteña se abre la etapa de instrucción.

De esa manera, la Audiencia Nacional dejó todo planteado como para que Torres avance con todos los cargos contra Cavallo. La resolución aclara, de todos modos, que el sobreseimiento en ese país sólo será definitivo “una vez que el acusado sea juzgado en Argentina y en caso de condena cumpla la pena impuesta”. En una disposición de la semana pasada el magistrado ordenó que el represor fuera trasladado desde Marcos Paz mañana y la semana próxima para su indagatoria. Incluso autoriza “al uso de la fuerza pública”, en caso de que se niegue a subir al camión celular que debe trasladarlo.

Cavallo, alias Sérpico y Marcelo, estuvo en la ESMA hasta comienzos de 1980. Allí formó parte de los grupos operativos del Grupo de Tareas 3.3.2, encargado de secuestros, robo de bienes y asesinatos. También pasó por el área de Inteligencia, con participación en privaciones ilegales de la libertad, interrogatorios y torturas, y estuvo a cargo del área conocida como “pecera”. Por los delitos que se le imputan podría recibir una condena perpetua.

En sus primeras dos citas con el juez, el represor negó haber participado de una asociación ilícita dedicada al robo de bienes de desaparecidos. La indagatoria de mañana volverá sobre ese tema en un caso puntual: la apropiación de los terrenos de Chacras de Coria, en Mendoza, que pertenecían a los desaparecidos Conrado Gómez, Victorio Cerutti y Horacio Palma. En la misma audiencia, Torres lo interrogará sobre el asesinato de Walsh, ocurrido en marzo de 1977, un día después de que difundiera su “Carta Abierta a la Junta Militar”. El escritor fue interceptado por la patota de la ESMA en San Juan y Entre Ríos, fue tiroteado y llevado al centro clandestino.
La semana próxima –la cita sería martes o miércoles– la indagatoria apuntará a unas 500 historias de secuestros, muertes, torturas y desapariciones. Entre ellas figuran las monjas francesas Duquet y Domon y un grupo de Madres de Plaza de Mayo (sus fundadoras, de hecho), que se organizaban ya entonces para buscar a sus hijos y se reunían en la Iglesia de la Santa Cruz, donde se había infiltrado el genocida Alfredo Astiz, haciéndose pasar por hermano de un desaparecido, para luego guiar hasta allí a la patota de la ESMA.

Ricardo Cavallo ha sido descripto por sus víctimas y sobrevivientes de la ESMA como un personaje polifacético, capaz de llevarlos a ver por un rato a su familia, o despertarlos en medio de la noche para jugar al ajedrez o llevarlos a cenar con él, pero también como un torturador “sacado”, al que recuerdan saliendo transpirado y con la camisa abierta de la sesión de tormentos maldiciendo por no conseguir la información que esperaba de un detenido. En su despacho, tenía un lienzo de batik con una frase de un general francés en la guerra de Argelia: “Si alguien quiere vencer a un pueblo debe estar dispuesto a meter la mano hasta en la mierda”.

Los diversos querellantes en la megacausa ESMA celebraron que a Cavallo se le haga una indagatoria amplia, que abarque todos los casos en su contra. La abogada Myriam Bregman señaló: “Lo que nos interesa es que se garantice que Cavallo sea juzgado y que no se vuelva a producir un desmembramiento de causas, con varios expedientes por represor o por víctima, que demora los enjuiciamientos”.

jueves, 10 de abril de 2008

Andando preso, de aquí para allá, por Lidia Frank(*)

Ricardo Miguel Cavallo, escucho ese nombre y se me eriza la piel. Con estupor recibimos la noticia de que la Justicia Española en un acuerdo con nuestro país nos “enviaba en carácter de préstamo” a este represor argentino, que supo circular libremente y con total impunidad hasta que, no la justicia, sino un periodista allá por el año 2.000, José Vales, lo descubre con otra identidad en México. Ese fue el principio del “fin” de alias Sérpico. Estábamos en nuestra reunión semanal cuando Vales se hizo presente para corroborar los datos del personaje, y no hubo dudas, era él.

AÑOS DE TRABAJO

En la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos conjuntamente con compañeros que se encuentran en México y España hemos trabajado durante todos estos años, se han prestado testimonios en los diferentes juzgados en el exterior, para lo cual han tenido que viajar los que, una y otra vez, deben recordar su cautiverio, a sus compañeros, a los que están y a los que no están, a los que vieron sufrir y desaparecer.

Resolvimos no ir a esperarlo a Ezeiza, teníamos que trabajar para volver a presentarnos en la Justicia a pedirle al juez Sergio Torres que indague al fulano por todos los delitos cometidos durante su estancia en la ESMA (Escuela de Mecánica de la Armada).

Nuevamente Trenque Lauquen está presente con sus desaparecidos en nuestro pedido. Yoyi, Titín y Riki son algunas de sus víctimas directas. Como querellante de esta causa, nuevamente me presento ante Su Señoría. Es de esperar que no dilate las medidas a tomar, no sea cosa que pase como con Febrés que lo asesinaron, o “Jeringa” que murió (¿?), ambos sin sentencia, digamos… impunes.


DEMORA INJUSTIFICADA

Las organizaciones nucleadas en el espacio Justicia YA! Buenos Aires, entre las que se encuentra la Comisión por los Derechos Humanos de la ciudad de Trenque Lauquen, repudiaron enérgicamente la demora injustificada que significa la interrupción del proceso que se sigue en Madrid contra Ricardo Miguel Cavallo cuando solo falta el tramo final del procedimiento, para iniciar otro en Argentina desde foja cero. Trasladado de Ezeiza a Comodoro Py, “Sérpico”o “Marcelo” solo estuvo una hora en el despacho del juez, escuchando todas las imputaciones que se le hacen. Nuevamente por consejo de su defensor se negó a declarar. Justamente en esos momentos se encontraba en el mismo edificio Carlos Lordkipanidse (ex detenido desaparecido de la Escuela de Mecánica de la Armada). Y antes que el represor genocida partiera para su nuevo alojamiento, Marcos Paz, se cruzaron y en ese cruce se pudo escuchar el grito que nació de sus entrañas, contenido durante estos más de 30 años de Carlos hacia su represor: asesino.


CON TODAS LAS LETRAS

Sí, Cavallo es un ASESINO con mayúsculas, un represor que debe ser juzgado por genocidio, en Argentina o en España, y condenado a pasar el resto de su vida en prisión, por los sobrevivientes, por los familiares, por quienes seguimos luchando y tratando de creer en la Justicia. Por los 5.000 compañeros que pasaron por la ESMA, por vos Yoyi Martínez, por vos Titín Mirabelli, por vos, mi querido Ricardo y por los 30.000 compañeros que siguen acompañándonos en nuestro reclamo.

No olvidamos, no perdonamos, no nos reconciliamos.

(*) Hermana de Ricardo Frank, detenido-desaparecido en la ESMA. Integrante de la Asociación de ex detenidos desaparecidos.

Repudio de Justicia Ya! a la interrupción y demora del proceso contra Cavallo

COMUNICADO DE PRENSA

El colectivo Justicia YA! repudia la dilación que significa la decisión de enviar a Cavallo a Argentina y pide que el juez Sergio Torres lo indague por todos los crímenes que cometió en la ESMA y por genocidio. Las organizaciones nucleadas en el espacio Justicia YA! Buenos Aires repudiamos la demora injustificada que significa la interrupción del proceso que se sigue en Madrid contra Ricardo Miguel Cavallo cuando solo falta el tramo final del procedimiento, para iniciar otro en Argentina desde foja cero.

Más aún cuando en nuestro país las causas se desguazan en centenares de “incidentes particulares” lo que diluye las responsabilidades, impide visualizar el plan sistemático de exterminio y se convierte en un mecanismo funcional a la impunidad.Un ejemplo paradigmático es la causa ESMA donde el juez Sergio Torres ha separado la causa en más de una decena de expedientes a pesar de que cuenta con todas las pruebas necesarias desde el inicio de la causa, en septiembre de 2003.

No solo mantuvo aislados los procesamientos que provenían de 1987 sino que dividió la investigación en diversos expedientes: dos por los hechos de la iglesia Santa Cruz, uno por el caso de Rodolfo Walsh, uno contra Juan “Jeringa” Barrionuevo, etc… De hecho, “Jeringa” Barrionuevo, uno de los tres enfermeros que en la ESMA aplicaban las inyecciones de pentotal a los secuestrados antes de que fueran “trasladados” en avión para ser arrojados al Río de La Plata, acaba de morir gozando del privilegio de la excarcelación, ya que ignorando los testimonios de numerosos sobrevivientes, el juez Torres solo lo acusó de echar un balde agua a uno de los detenidos. Pero hay más, el resto de la causa se separó con un criterio insólito: un tramo para los hechos ocurridos en 1976, otro por 1977 y parte de 1978 y recién en estos días –a más de 4 años y medio de hacerse cargo de la causa- indagó a los represores por los hechos ocurridos de mediados de 1978 en adelante.

Esto a pesar de que esos períodos comparten víctimas y victimarios. Y el único tramo de la causa que fue elevado a debate oral –contra Héctor Antonio Febres y por solo cuatro víctimas- tuvo el final conocido debido a que el juez Torres desestimó sistemáticamente los pedidos de la querella de enviar a los detenidos a cárceles comunes, hecho por el cual Justicia YA lo ha denunciado ante el Consejo de la Magistratura pidiendo que sea separado de su cargo.Lo cierto es que Cavallo ha llegado al país y exigimos que sea indagado, procesado y condenado por los crímenes cometidos contra todos los compañeros que estuvieron secuestrados en la ESMA que, además, constituyen genocidio por lo que también pedimos que se lo indague por ese delito. Ya hemos presentado el escrito correspondiente y no admitiremos que bajo ningún pretexto -como posibles devoluciones a España- se pretenda hacerlo responsable de menos delitos y mucho menos que se lo acuse solamente de robar bienes a sus víctimas. El juez Torres debe indagarlo por todo y si la justicia española decide continuar la causa y abrir el debate oral, deberá enviarlo nuevamente a Madrid tal como lo establecen los tratados de cooperación.

Buenos Aires, 31 de marzo de 2008

Justicia YA! Buenos Aires está integrado por Asociación Anahí; Asociación de Abogados Laboralistas (ALI), Asociación de Ex Detenidos-Desaparec idos; Asociación de Profesionales en Lucha (APEL); Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU); Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Comisión de Homenaje a los Desaparecidos y Mártires Populares; Comité de Acción Jurídica (CAJ); Comité de Defensa de la Etica, la Salud y los Derechos Humanos (CODESEDH); Comisión de DDHH de Uruguayos en Argentina; Comisión de DDHH del Partido Comunista; Comisión por los DDHH de Trenque Lauquen; Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI); Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina (FIDELA); H.I.J.O.S. Regional Oeste; Instituto de Relaciones Ecuménicas; Liberpueblo; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); Vecinos de San Cristóbal contra la Impunidad. (Argentina) Casapueblos. Campaña de Apoyo a Juicios (España)

Recién llegado a Argentina, el represor Cavallo fue llevado a los tribunales y se negó a declarar

Extraditado desde España por delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA, el represor efectuó una "negativa general" y se rehusó contestar las preguntas del juez Sergio Torres y del fiscal Eduardo Taiano. Inmediatamente, el magistrado dispuso que sea remitido al penal de Marcos Paz. Antes, había sido trasladado del aeropuerto de Ezeiza a Retiro, en medio de un importante operativo de seguridad.

Menos de una hora estuvo Cavallo en el despacho del juez en el cuarto piso de los tribunales de Comodoro Py donde el secretario Diego Slupski le leyó las imputaciones en su contra, tras lo cual el represor siguió el consejo de su abogado defensor Rodolfo Solari y se negó a declarar. El ex capitán de la Armada, que operaba en la ESMA con el apodo de "Sérpico", fue trasladado a los tribunales de la zona de Retiro directamente desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza donde había arribado a las 9:20 a bordo del vuelo UX041 procedente de España.
Vestido con traje negro, camisa beige claro, sin corbata y con sus manos esposadas a la espalda, Cavallo fue llevado a la alcaidía del Tribunal con un importante operativo de seguridad que incluyó una camioneta, dos móviles "no identificables" de INTERPOL y más de media docena de motos de la Policía Federal. El viernes último el juez Torres ordenó que efectivos de Interpol viajen a España para el "inmediato traslado" a la Argentina del ex capitán de la Armada cuya extradición quedó habilitada debido a recientes resoluciones de las autoridades extranjeras. Las mismas fuentes confirmaron que en su resolución Torres precisó que la entrega de Cavallo es "temporal" y queda sujeta a la eventual reapertura de la causa que se le sigue en España, cuyo sobreseimiento fue apelado por la fiscalía y parte querellante. El reciente sobreseimiento de esa causa modificó una situación anterior que se había prolongado varios años en España donde el ex oficial de la armada era investigado por los delitos de genocidio, torturas y terrorismo como miembro de un grupo de tareas que desarrolló su actividad en la órbita de la ESMA. Luego de que Torres reclamara la extradición de Cavallo, las autoridades de España, en mayo de 2007, y previa consulta con México -donde Cavallo fue descubierto y detenido a mediados de 2000- la otorgaron, pero indicaron que antes debía ser juzgado a nivel local y, en su caso, cumplir con la eventual condena que se le dictare.
La extradición quedó con "vía libre" cuando la Sala en lo Penal Sección 3a de la Audiencia Nacional decidió sobreseer a Cavallo, quien, desde el 30 de enero de 2007 está detenido en España exclusivamente por el pedido de extradición realizado con anterioridad por Torres. Según constancias del sumario, tras el sobreseimiento, el 13 de marzo último las autoridades españolas decidieron comunicar a Torres la necesidad de proceder con "urgencia" para llevar a cabo la entrega del demandado, "dado el prolongado período de prisión provisional en que se encuentra".
El pedido de "entrega temporal" se basa en las condiciones pactadas en el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República Argentina y el Reino de España.

La ASOCIACION DE EX DETENIDOS DESAPARECIDOS (AEDD) ya ha presentado ante el juez Torres, una extensa de casos de secuestro, torturas, desaparición y asesinato, en definitiva, que por los delitos de genocidio sea juzgado este represor, e impedir los ardides jurídicos que pudieran favorecer que represor pueda evadir la acción de la justicia después de haber suspendido -temporalmente- el procedimiento en el Estado Español.

Se realizarán las amplicaciones pertinentes para que Cavallo no quede en libertad

Adriana Calvo, representante de la Asociación de Ex Detenidos y Desaparecidos, manifestó que en el tiempo en el que Cavallo estuvo preso en España surgieron nuevos testimonios por crímenes de lesa humanidad que involucran al ex marino. " No vamos a ir a (el Aeropuerto Internacional) Ezeiza, pero sí nos estamos preparando para que Cavallo quede preso y se le trate como lo que es, un asesino, que no haya ningún peligro de que quede en libertad'" afirmó Calvo.
Recordó que las víctimas temen la impunidad del represor, porque el juez que lleva la causa en su contra, Sergio Torres, había advertido que Cavallo llevaba tanto tiempo preso que no había motivo para mantenerlo en prisión preventiva. Para evitar que el juez tome la decisión de dejar a Cavallo en libertad mientras se le procesa y comienza el juicio, explicó Calvo, se le entregarán al juez nuevas denuncias al expediente.'"Vamos a pedir que se lo indague por más casos de los que se le trató en Madrid porque en estos años han aparecido nuevos testimonios de personas que fueron sus víctimas"

Torres juzgará a Cavallo como parte de la llamada 'megacausa ESMA' que involucra todos los crímenes cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), el mayor centro clandestino de detención durante la última dictadura (1976-1983). Su extradición se lleva a cabo en medio de una fuerte polémica, porque la justicia española lo mantuvo preso siete años sin condenarlo y al final decidió extraditarlo a Argentina para que sea juzgado en Argentina. Además de que las víctimas temen que quede en libertad, otro riesgo para su reclamo de justicia es que la condena máxima que se le otorgará aquí es de 25 años de prisión, que puede incluso ser rebajada por los años que ya estuvo preso.

Elea Peliche, abogada de la Asociación de Ex Detenidos, explicó que el problema es que en Argentina, a diferencia de España, no existe la figura jurídica de genocidio, lo que hace que las penas sean menores. El ex marino, que utilizaba los sobrenombres de 'Sérpico' y 'Marcelo', fue detenido en agosto de 2000 en México, y posteriormente concedió la extradición a España a pedido del tribunal que elo juzga en el Estado Español. Sin embargo, en diciembre de 2006, la Audiencia Nacional de España se negó a juzgarlo con el argumento de que los delitos de lesa humanidad que se le imputan fueron cometidos en Argentina y que, por lo tanto, debía ser condenado en el lugar de los hechos, en contradicción absolutamente con la propia jurisprudenca de la Audiencia Nacional y con el principio de justicia universal. A pesar de los recursos en trámite, el juez Guevara, determinó la extradición de Cavallo a Argentina.

La impunidad se continua con la extradicion de Cavallo

El represor Ricardo Cavallo dejó el aeropuerto de Barajas en España a las 0.55 de anoche para embarcar en un vuelo de Air Europa UX041 con destino a Buenos Aires. Cavallo llegará al país extraditado por un pedido del juez argentino Sergio Torres, para ser juzgado en el marco de la llamada megacausa de la ESMA como responsable, entre otros crímenes, del homicidio del periodista y escritor Rodolfo Walsh, de las monjas francesas Léonie Duquet y Alice Domon y de las Madres de Plaza de Mayo Esther Ballestrino de Careaga, María Ponce de Bianco y Azucena Villaflor

Si bien se ha caratulado la entrega como temporaria, es tan ingenuo como dudoso pensar que el juez Sergio Torres, a quien tanto le preocupan las críticas por sus polémicas actuaciones, podría ser esta medida de extradicion s “temporaria” y puede estar condicionada a los avances de la causa en el país.Después de siete años de instruir el proceso, adjuntar las pruebas y testimonios, el juez Guevara de la Audiencia Nacional desestimó absolutamente el trabajo realizado contra los crimenes de lesa humanidad cometidos por este represor, obvió el principio de jurisdicción universal permite juzgar a los represores en el país en que mejores condiciones existan, y en juego con su par Torres, se le ha solventado por medio de todod los contribuyentes un viaje a un genocida, y a sus escoltas.

De una a otra orilla la impunidad se continúa como un fenómeno natural despúes de "tantos años" y por arbitrariedades judiciales que afrentan una vez más a las vícitimas del genocidio en Argentina.Que causalidad que la medida del juez Torres coincide con los deseos del propio Cavallo, cuyos abogados dijeron que luchó “siete años” para “ser juzgado (¿?)

AEDD - CASAPUEBLOS

Conferencia de prensa realizada el 24 de marzo



Conferencia de Prensa realizada en el Club Internacional de Prensa de Madrid, antes de presentar el recurso de súplica ante la Audiencia Nacional exigiendo el inicio inmediato del Juicio contra Ricardo Cavallo. En la misma participaron los abogados Juan Puig, José Luis Galán y Carlos Slepoy; Graciela Daleo sobreviviente de la ESMA; Mirella Galli (H.I.J.OS.), Andrea Benites-Dumont (AEDD y Campaña Apoyo a Juicios).Las acciones están dirigidas a impugnar y dejar sin efecto una decisión reciente de la Sección III de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, cuyo Presidente, Felix Alfonso Guevara, decidió el sobreseimiento y archivo de la causa que, desde hace casi 8 años, se sigue contra este ex oficial de la Armada argentina. Los organizadores de esta campaña recuerdan que Ricardo Miguel Cavallo, conocido con el alias de Sérpico, integró el siniestro equipo de represores de la Escuela de Mecánica de la Armada-ESMA, en cuyas instalaciones fueron secuestradas, torturadas y desaparecidas, casi 5000 personas. Recuerdan, asimismo, que su situación procesal, en España, sólo está pendiente de la celebración del juicio oral, mientras que en Argentina debería comenzar desde la instrucción

La decisión del juez D. Felix Alfonso Guevara constituye un auténtico escándalo jurídico, en la medida que contradice una sentencia del Tribunal Supremo, que revocaba una anterior decisión del mismo juez, de similar contenido, en cuanto implicaba el abandono de la competencia y de la responsabilidad de juzgar. Además, la resolución del juez Guevara vulnera lo señalado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que en, ningún caso, prevé el sobreseimiento para este momento procesal, cuando sólo se está a la espera del señalamiento de la fecha del juicio oral. Asimismo, y entre otras irregularidades, contradice dos resoluciones del Consejo de Ministros, en las que se condicionó esta extradición al cumplimiento de las responsabilidades penales de Ricardo Miguel Cavallo en España.

No a la extradición de Cavallo. Inicio del juicio YA!!!

PORQUE RICARDO CAVALLO DEBE SER JUZGADO EN EL ESTADO ESPAÑOL

Ricardo Miguel Cavallo, (teniente de navío y retirado como capitán, también Miguel Angel Cavallo, alias Sérpico o Marcelo) durante la dictadura militar argentina (1976- 1983) estuvo involucrado en el secuestro, tortura y desaparición de 227 personas, en la tortura de otras 110 y en la desaparición de 16 recién nacidos, cuyas madres fueron secuestradas; todo ello durante sus funciones como parte del Grupo de Tareas 3.3.2 en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada de Argentina, - ESMA- donde ocupó distintos cargos a lo largo de siete años.

En agosto del 2000, INTERPOL detuvo a Cavallo cuando intentaba fugarse desde Cancún a Argentina, para cobijarse en las leyes de la impunidad entonces vigentes. En febrero de 2001, el gobierno mexicano autoriza el proceso de extradición, pero el equipo de abogados de Cavallo, hizo retardar la resolución durante dos años y tres meses. Por lo que finalmente pudo efectivizarse en junio del 2003.

Finalmente el 14 de diciembre de 2005 la Audiencia Nacional en Madrid, en virtud de la competencia jurisdiccional asumida internacionalmente, y aún cuando en Argentina comenzaba a instruirse la causa de la ESMA, al no ser factible en ese momento, y que en forma inmediata se enjuiciara al ex capitán, el tribunal español convino proseguir el juicio contra Ricardo Miguel Cavallo.

Desde el 29 de junio del 2003, Cavallo se encuentra en el centro penitenciario de Soto de Real, prisión de máxima seguridad. Cavallo desde su concepción y posición de impunidad, reclamó ser trasladado a una prisión militar para seguir gozando de privilegios, petición que fue denegada una y otra vez en virtud del carácter de lesa humanidad de los crímenes de los que se le acusa, concretamente por genocidio y terrorismo de Estado.

Es incomprensible que al día de hoy, justamente marzo de 2008, cuando falta el tramo final de todo el procedimiento, este se interrumpa para iniciar uno que previsiblemente será desde foja cero en Argentina.

En Argentina que desde la anulación de las leyes de impunidad se fragmentan las causas; se desguazan en centenares de “incidentes particulares” y se obliga a los familiares y a los ex detenidos-desaparecidos a repetir el testimonio en una sucesión casi infinita de juicios orales, y fundamentalmente se impide visualizar el plan sistemático de exterminio, diluyendo así las responsabilidades y en definitiva, siendo este mecanismo, sin ningún tipo de duda, funcional a la impunidad.

Es por ello que para la ASOCIACIÓN DE EXDETENIDOS-DESAPARECIDOS (AEDD) es imprescindible que se acumulen todos los expedientes de cada campo de concentración o circuito represivo, que se haga un único juicio oral en el que se condene a todos los represores que se desempeñaron en ellos, y no solo a las cúpulas o a los pocos reconocidos por algunos sobrevivientes, acusándolos por todos los compañeros que pasaron por cada centro clandestino de detención, y como coautores del delito de genocidio. Cualquier otra forma de juzgar a los genocidas, en particular la que está en marcha, concluirá en condenas para unos pocos, casi todos integrantes de las cadenas de mandos, dejando en la impunidad a miles de aquellos que eran más jóvenes, y que en muchos casos aún hoy están en actividad, o en retiro activo, “educando” a sus seguidores. Que los represores que hay que juzgar no son 992, como se afirmara desde el poder ejecutivo: se reconoce oficialmente a existencia de 650 campos de concentración, hay más de 3.500 denunciados.

Organismos de derechos humanos, organizaciones sociales, familiares y víctimas directas, consideramos que era importante participar en el proceso parcializado que se abría y así lo hicimos, en los juicios contra el ex comisario Etchecolatz, el cura Von Wernich, el Turco Julián… Las amenazas fueron constantes, pero conseguimos un triunfo histórico, Etchecolatz fue condenado a perpetua en un fallo en el que por primera vez en la historia de la humanidad un tribunal reconoce la existencia de un genocidio en su propio país.

El precio que pagamos fue enorme: el secuestro y desaparición de Jorge Julio López.

Lucharemos contra todo los pasos que desde cualquier instancia se tome para beneficiar en lo más mínimo a los genocidas como Cavallo y a cualquiera de sus pares.

Por último, queremos resaltar los siguientes aspectos :

- La impunidad de Cavallo se hizo añicos, una vez más, por la lucha comprometida de militantes de derechos humanos que lo identificaron, denunciaron e iniciaron todas las actuaciones procedentes para la detención.
- Que Ricardo Cavallo ha estado 7 años preso, tantos años como los que trabajara de verdugo en la ESMA.
- El principio de Justicia Universal, tan indispensable como subestimado, funcionó en el reconocimiento de los procedimientos iniciados en diferentes países contra los genocidas que implementaron el plan de exterminio durante la dictadura militar que asoló Argentina desde 1976 a 1983.

INICIO DEL JUICIO YA - NO A LA EXTRADICION - NO A LA IMPUNIDAD

ASOCIACION EX DETENIDOS-DESAPARECIDOS
CAMPAÑA DE APOYO A LOS JUICIOS
CASAPUEBLOS

Solicitud para el juicio oral a Ricardo Cavallo


El día 3 de marzo de 2008 ante la Audiencia Nacional en Madrid, se presenta el siguiente escrito de alegaciones para el inicio del juicio oral contra el ex oficial de la ESMA, Ricardo Miguel Cavallo

ALEGACIONES LITERALES QUE HAN PRESENTADO ACUSACIONES POPULARES Y PARTICULARES EL LUNES 3 DE MARZO DE 2008, ANTE LA SECCIÓN TERCERA DE LA SALA DE LO PENAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL, SOLICITANDO QUE SE SEÑALE FECHA DE JUICIO ORAL PARA DAR COMIENZO LAS SESIONES DEL MISMO RESPECTO DE RICARDO MIGUEL CAVALLO.

Que, por medio del presente escrito, y en el marco del Rollo de Sala de referencia interesamos que, de conformidad con el artículo 659 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dicte auto de admisión de prueba y señale el inicio de las sesiones del juicio oral, con base en las siguientes

A L E G A C I O N E S:

PRIMERA.- La Sala Segunda del Tribunal Supremo, mediante sentencia núm. 705/2007, de 18 de julio de 2007, confirmó la jurisdicción y competencia de este Tribunal para el enjuiciamiento del acusado RICARDO MIGUEL CAVALLO. En esta resolución del TS, en la que había lugar a los recursos de casación de todas las acusaciones (pública, populares y particulares), se revocaba el auto de esta Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de 20 de diciembre de 2006.A los efectos que aquí nos ocupan es suficiente recordar el último párrafo del FJ 2 de esta sentencia del TS que sintetiza el iudicando:“En definitiva, podemos concluir en que
el Auto recurrido [20 de diciembre de 2006], a través de una inadecuada vía procesal, cual la estimación de una declinatoria de jurisdicción, planteada de forma incorrecta como artículo de previo pronunciamiento del artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en realidad viene a disponer materialmente la extradición de un acusado cuyo enjuiciamiento se había acordado ya, con anterioridad, que correspondía a los Tribunales españoles, sin la existencia de previa solicitud de extradición, ni comprobación de la concurrencia de los requisitos legalmente previstos para ella, sustrayendo al Ejecutivo su capacidad de decisión en esta materia y contraviniendo, además, el contenido de los Tratados suscritos por nuestro país, tanto con la República Argentina como con los Estados Unidos Mexicanos, razones por las que tal decisión ha de ser anulada, a partir de la previa estimación de los Recursos contra ella interpuestos”.La conclusión de la STS no deja lugar a dudas: la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional es competente para el enjuiciamiento de los hechos, dimanantes del Rollo de Sala 139/97 y no cabe acordar resolución alguna, sea la que sea, que pudiera implicar lo contrario.


SEGUNDA.- El pasado 25 de febrero de 2008, se notificó a estas acusaciones auto por el que se acordaba no haber lugar a los artículos de previo pronunciamiento planteados por la defensa de RICARDO MIGUEL CAVALLO. En la misma resolución se le confería a este acusado el plazo de tres días para que evacuara el trámite de conclusiones provisionales.En el momento de la presentación de este escrito ya ha transcurrido el referido plazo de tres días, por lo que procede, sin más, dictar auto en los términos del artículo 659 de la ley adjetiva penal.

TERCERA.- El día 29 de febrero de 2008 el Consejo de Ministros ha adoptado el siguiente Acuerdo:“El Consejo de Ministros ha aprobado la extradición a Argentina de Ricardo Miguel Cavallo, el ex capitán de corbeta que está acusado de delitos de detenciones ilegales, torturas, robos con violencia o intimidación y falsificación documental, durante la Dictadura militar argentina.En virtud del Auto de fecha 8 de mayo de 2007, el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, con el consentimiento del reclamado, accedió a la extradición. Su situación actual es de prisión provisional, ya que el reclamado fue entregado en extradición por México el 26 de junio de 2003. Se solicitó de México su autorización para la reextradición del reclamado a Argentina, que fue concedida por Acuerdo del Gobierno mexicano el pasado 7 de febrero.La entrega quedará suspendida hasta que el reclamado deje extinguidas las responsabilidades contraídas en territorio nacional, relativas al Sumario 19/97 de la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (instruido en el Juzgado Central de Instrucción nº 5), derivada de cuando España obtuvo la mencionada extradición desde México. No obstante, se puede hacer uso de la entrega temporal en las condiciones acordadas por las partes, según se establece en el artículo 19 del Tratado bilateral”.


http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2008/refc20080229.htm#Cavallo

La conclusión del Acuerdo es clara: el Gobierno accede a la entrega extradicional interesada por la República de la Argentina, si bien, resuelve que la misma “quedará suspendida hasta que el reclamado deje extinguidas las responsabilidades contraídas en territorio nacional, relativas al Sumario 19/97 [Rollo 139/1997] de la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional”, sin perjuicio de proceder, en su caso, a una entrega temporal.La voluntad del ejecutivo no puede ser más precisa.

La entrega extradicional de RICARDO MIGUEL CAVALLO, queda suspendida hasta la celebración del juicio oral, la existencia de una sentencia firme y, caso de resultar condenado, hasta la extinción de la pena impuesta.Por otro lado, los medios de comunicación ha deslizado en las últimas horas, citando fuentes jurídicas, que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional” procederá de forma inmediata al “archivo” de la causa. De acuerdo con lo expuesto en este escrito se entiende que o bien es un error, una interpretación distorsionada de los medios de comunicación, o, en último extremo, caso de ser así, sería, además de incompresible, una decisión contraria al Derecho interno y al Derecho Penal Internacional.Concluyendo, al haber desestimado esta Sala la totalidad de los artículos de previo pronunciamiento planteados por la defensa de RICARDO MIGUEL CAVALLO y haber precluido el plazo de calificación provisional; al haber reconfirmado, una vez más, la Sala Segunda del Tribunal Supremo, mediante sentencia núm. 705/2007, de 18 de julio de 2007, la jurisdicción y competencia de este Tribunal para el enjuiciamiento del acusado RICARDO MIGUEL CAVALLO; y al haber acordado el Consejo de Ministros la suspensión de la entrega extradicional del acusado CAVALLO hasta el cumplimiento de sus responsabilidades pendientes en este Tribunal, la Sala debe dictar, de conformidad con el art. 659 LECRim, auto de admisión de prueba y señalamiento el inicio de las sesiones del juicio oral.En su virtud,


SOLICITAMOS A LA SALA que tenga por presentado este escrito, lo admita y acuerde de conformidad, dictando, auto de admisión de prueba y señalamiento del inicio de las sesiones de juicio oral.